El sistema de denuncia electrónica es un portal disponible las 24 horas del día, durante todos los días del año que permite registrar en línea una denuncia al código de ética del Consejo Nacional de la Juventud.

Código Penal

Artículo 453. Acusación y denuncia falsas. Quien imputare falsamente a alguna persona hechos que, si fueran ciertos, constituirían delito de los que dan lugar a procedimiento de oficio, si esta imputación se hiciere ante funcionario administrativo o judicial que por razón de su cargo debiera proceder a la correspondiente averiguación, será sancionado con prisión de uno a seis años. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino cuando, en el sobreseimiento o sentencia absolutoria respectivos, se haya declarado calumniosa la acusación o denuncia.

Artículo 454. Simulación de delito. Quien falsamente afirme ante funcionario administrativo o judicial que se ha cometido un delito de los que dan lugar a procedimiento de oficio, o simulare la existencia de pruebas materiales con el fin de inducir a la instrucción de un proceso, será sancionado con prisión de seis meses a dos años.

Nombre y Apellidos del denunciante

Si necesita adjuntar algún documento como prueba, por favor enviarlo a denuncias@conjuve.gob.gt